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Asesoría

Darse de alta como autónomo: pasos, obligaciones y por dónde empezar

Hacerse autónomo son dos altas y varias decisiones que condicionan tus impuestos y tu cuota. Te explicamos el orden correcto y qué eliges en cada paso.

Hacerse autónomo no es un solo trámite, son dos altas coordinadas y varias decisiones que marcan tus impuestos y tu cuota durante años. Hacerlas en el orden correcto, con el epígrafe y el régimen adecuados, evita arrastrar errores. Aquí tienes el camino completo, paso a paso.

Lo esencial

  • Darse de alta como autónomo implica dos trámites: el alta censal en Hacienda y el alta en la Seguridad Social (RETA).
  • En Hacienda eliges tu actividad (epígrafe) y tus regímenes de IVA e IRPF con el modelo 036 o 037.
  • La cuota de autónomos se calcula por tramos según tus rendimientos netos (sistema de cotización por ingresos reales).
  • Hay una cuota reducida inicial (tarifa plana) para nuevos autónomos que cumplan los requisitos.

Los dos trámites del alta

Para empezar a facturar como autónomo necesitas dos altas, y el orden importa:

  1. Alta censal en Hacienda con el modelo 036 o 037: declaras tu actividad, el epígrafe y los regímenes de IVA e IRPF que te aplican.
  2. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social: comunicas el inicio de actividad y eliges tu base de cotización.

Lo habitual es hacer primero el alta en Hacienda y, con ella, el alta en el RETA dentro del plazo previsto. Ambas se gestionan por vía telemática.

Qué decides al darte de alta

El alta no es rellenar y enviar: son elecciones que condicionan tu fiscalidad. Conviene pensarlas antes.

DecisiónDóndePor qué importa
Epígrafe de actividad (IAE)Modelo 036/037Define a qué te dedicas a efectos fiscales y qué obligaciones tienes
Régimen de IVAModelo 036/037Determina si repercutes IVA y cómo lo liquidas
Régimen de IRPF (estimación directa u objetiva)Modelo 036/037Cambia cómo calculas tu rendimiento y tus pagos a cuenta
Base de cotizaciónAlta RETAInfluye en tu cuota y en tus futuras prestaciones

Elegir bien el epígrafe y los regímenes desde el inicio ahorra modificaciones y disgustos. Un epígrafe incorrecto o un régimen de IRPF mal elegido se arrastra a todas las declaraciones del año.

Cuánto se paga: la cuota por ingresos reales

La cuota de autónomos se rige por un sistema de cotización por ingresos reales: cotizas en función de tus rendimientos netos, encuadrados en una tabla de tramos. A mayor rendimiento, mayor cuota; a menor rendimiento, cuota más baja. Durante el año puedes ajustar tu base si tu previsión de ingresos cambia, y el sistema regulariza al final en función de lo realmente obtenido.

Como los importes de cada tramo y las cuotas se actualizan, no fijamos aquí la cifra concreta: cuando te demos de alta, calculamos tu tramo con la tabla vigente y ajustamos la base a tu previsión real.

La tarifa plana para nuevos autónomos

Los nuevos autónomos que cumplen los requisitos pueden beneficiarse de una cuota reducida inicial, conocida como tarifa plana, durante los primeros meses de actividad, con posibilidad de prórroga si los rendimientos se mantienen por debajo de cierto nivel. Es una ayuda pensada para el arranque, cuando la facturación aún no está consolidada.

El importe y la duración de esa cuota reducida dependen de la normativa vigente, por lo que lo confirmamos en el momento del alta. Lo importante es saber que existe y solicitarla correctamente al darse de alta, porque condiciona el coste de tus primeros meses.

El error típico del que empieza es mirar solo la cuota y olvidarse del epígrafe y del IVA, y esas dos casillas del alta deciden tus declaraciones de todo el año. Prefiero dedicar media hora a pensar bien el alta que pasar luego meses corrigiéndola.

— Eduardo Toca de la Parra, Director del área fiscal

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de cuota siendo autónomo?

La cuota se calcula por tramos según tus rendimientos netos, dentro del sistema de cotización por ingresos reales. El importe de cada tramo se actualiza, por lo que se calcula con la tabla vigente en el momento del alta.

¿Puedo acogerme a la tarifa plana?

Si eres nuevo autónomo y cumples los requisitos, puedes beneficiarte de una cuota reducida durante los primeros meses, prorrogable si tus rendimientos se mantienen bajos. Se solicita al darse de alta.

¿Tengo que darme de alta en Hacienda y en la Seguridad Social?

Sí, son dos trámites: el alta censal en Hacienda (modelo 036/037) y el alta en el RETA de la Seguridad Social. Lo habitual es hacer primero Hacienda y luego el RETA dentro de plazo.

¿Qué pasa si elijo mal el epígrafe?

Arrastrarás una clasificación incorrecta de tu actividad a efectos fiscales. Se corrige con una modificación censal, pero lo ideal es acertar al inicio para no afectar a tus declaraciones.

En resumen

Darse de alta como autónomo son dos altas coordinadas y varias decisiones —epígrafe, IVA, IRPF, base de cotización— que marcan tu fiscalidad y tu cuota. Hacerlas bien desde el principio evita correcciones todo el año. En el área de asesoría de Pereda Asociados te acompañamos en el alta y calculamos tu cuota y tu tarifa plana con la normativa vigente.

Para seguir: entiende el modelo 036 de alta censal y cómo liquidas el IVA con el modelo 303.

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional personalizado. La normativa fiscal y de Seguridad Social cambia con frecuencia; consúltanos tu caso concreto.

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