Asesoría
Caso de éxito: evitamos a un autónomo una liquidación de IRPF de más de 5.000 €
Hacienda proponía subir 14.000 € los ingresos de un autónomo y cobrarle más de 5.000 € extra. Con un escrito de alegaciones bien fundamentado, la AEAT archivó el expediente sin liquidación.
Una propuesta de liquidación de Hacienda asusta, pero no es la última palabra. Este es un caso real —resuelto hace unas semanas por la propia Agencia Tributaria— en el que un escrito de alegaciones bien preparado evitó a un cliente pagar más de 5.000 € que no debía.
Lo esencial
- Hacienda abrió una comprobación limitada sobre la Renta 2022 de un autónomo en estimación directa simplificada.
- Al cruzar su IRPF con sus declaraciones de IVA, propuso subir sus ingresos en 14.000 € y elevar la cuota de 5.562 € a 10.645 €.
- El plazo para responder era de solo 10 días hábiles.
- Presentamos un escrito de alegaciones con la documentación justificativa; la AEAT lo estimó íntegramente y archivó el expediente sin liquidación ni sanción.
| Área | Fiscal · Procedimientos tributarios |
| Situación | Comprobación limitada de IRPF (ejercicio 2022) |
| Resultado | Liquidación anulada; expediente archivado sin coste para el cliente |
El punto de partida
Un cliente autónomo, que tributa en estimación directa simplificada, recibió una notificación de la Agencia Tributaria: se abría un procedimiento de comprobación limitada sobre su declaración de la Renta del ejercicio 2022.
Al cruzar los datos de su IRPF con sus declaraciones trimestrales de IVA, Hacienda detectó una diferencia y concluyó que el contribuyente había declarado menos ingresos de los realmente obtenidos en su actividad. Por ello proponía aumentar sus ingresos en 14.000 €.
La consecuencia era importante. La propuesta de liquidación provisional elevaba el resultado de la declaración de 5.562 € a 10.645 €, es decir, más de 5.000 € adicionales a pagar. A esa cantidad había que sumar los intereses de demora y, además, quedaba abierta la puerta a un posible procedimiento sancionador.
Qué hicimos en Pereda Asociados
El plazo para responder era de solo 10 días hábiles. En ese tiempo, nuestro equipo fiscal:
- Analizó en detalle la propuesta de Hacienda para identificar exactamente de dónde salía la diferencia entre lo declarado en IVA y lo declarado en la Renta.
- Revisó la contabilidad y la documentación del cliente: libros registro, facturas y declaraciones trimestrales.
- Redactó y presentó un escrito de alegaciones fundamentado y acompañado de la documentación justificativa, acreditando que la diferencia detectada no correspondía a ingresos ocultos ni mal declarados y que la declaración original era correcta.
El resultado
La Agencia Tributaria estimó íntegramente nuestras alegaciones. Mediante resolución expresa comunicó que no procedía practicar liquidación provisional alguna, y el procedimiento quedó cerrado.
Para el cliente, esto supuso:
- No pagar los más de 5.000 € que reclamaba Hacienda, ni los intereses de demora.
- Eliminar el riesgo de sanción: sin regularización no hay infracción.
- Seguridad jurídica: la ley impide que Hacienda vuelva a regularizar ese mismo concepto y ejercicio, salvo que aparezcan hechos nuevos distintos de los ya comprobados.
Cuando recibo una propuesta de Hacienda, lo primero que le digo al cliente es que no es una sentencia: los cruces automáticos de datos no siempre reflejan la realidad de un negocio, y el trámite de alegaciones existe justo para corregir esas situaciones.
— Eduardo Toca de la Parra, Director del área fiscal
La lección: actuar rápido y con la documentación en la mano
Muchos contribuyentes, al recibir una propuesta de liquidación, optan por pagar directamente para «quitarse el problema de encima». Pero una propuesta no es definitiva. Defenderse con éxito depende de tres claves:
- Actuar rápido. El plazo es muy corto y, una vez finalizado, no se puede aportar nueva documentación.
- Tener la contabilidad en orden. La documentación es la mejor defensa.
- Contar con asesoramiento especializado que sepa interpretar la propuesta y argumentar técnicamente frente a la Administración.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una comprobación limitada?
Es un procedimiento con el que la Agencia Tributaria revisa aspectos concretos de una declaración, normalmente a partir del cruce de datos que ya obran en su poder. No es una inspección completa, pero sí puede terminar en una liquidación provisional si el contribuyente no justifica las diferencias detectadas.
¿Qué plazo hay para responder a una propuesta de liquidación?
En este caso fueron 10 días hábiles desde la notificación. Es un plazo breve y preclusivo: cuando termina, ya no se admite nueva documentación, por lo que conviene reaccionar de inmediato.
Si Hacienda archiva el expediente, ¿puede volver a revisar lo mismo?
Con carácter general, no. Una vez resuelta la comprobación sobre un concepto y un ejercicio, la Administración no puede volver a regularizar lo mismo salvo que aparezcan hechos nuevos distintos de los ya comprobados.
En resumen
Recibir una propuesta de liquidación no significa que haya que pagar. Cuando la contabilidad está en orden y se reacciona a tiempo, el trámite de alegaciones permite acreditar que la declaración era correcta y cerrar el expediente sin coste. Si Hacienda te ha abierto un procedimiento o te ha llegado una propuesta de liquidación, en el área de asesoría fiscal de Pereda Asociados lo revisamos contigo y preparamos la respuesta dentro de plazo.
Para seguir: repasa cómo encarar bien la campaña de la Renta en Cantabria.
Este artículo describe un caso real resuelto por nuestro equipo, anonimizado para proteger la confidencialidad del cliente. Tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional personalizado; cada procedimiento tributario debe valorarse de forma individual.